Madrid 10 de julio de 2008.- El Foro de la Familia valora muy positivamente la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja en la que se reconoce el derecho a la objeción frente a Educación para la Ciudadanía. Merece la pena resaltar que expresamente la sentencia declara a los alumnos objetores exentos de cursar la asignatura de asistir a clase y de ser evaluados y precisa además que la objeción no puede “tener consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes’”.
El Presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, ha destacado que “la sentencia por tanto no sólo ampara la objeción de conciencia sino que además, establece que esta no puede tener consecuencia negativa alguna desde el punto de vista académico”.
Igualmente, Benigno Blanco ha dicho que “merece la pena también resaltar que la sentencia expresamente desautoriza el planteamiento de quienes defienden que existe una ética pública que se puede imponer desde el Gobierno, afirmando que esa postura ‘no tiene el menor amparo constitucional’. Con gran precisión afirma la sentencia que ‘la conducta humana de cada persona se rige por las normas de una sola ética con la que se resolverá el juicio moral concreto sobre cada acción de las personas’. Con estas afirmaciones el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja desautoriza totalmente como contraria a la Constitución la idea última inspiradora de EpC”.
Asimismo, de forma expresa, la sentencia afirma que es contrario a la Constitución la difusión de la Ideología de Género a través del sistema educativo, dando así la razón completamente a los padres objetores.
Con esta nueva sentencia, y la dictada esta misma semana por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el mismo sentido se va consolidando la doctrina de los Tribunales contraria a EpC.
El Foro de la Familia hace un llamamiento a la ministra de Educación y a las Comunidades Autónomas para que pongan fin al ataque a las libertades y Derechos Constitucionales que supone EpC que está siendo desautorizado una y otra vez por los Tribunales de Justicia.
Para consultar la sentencia pinchar en el link:
http://www.forofamilia.org/documentos/Sentencia_La_Rioja.pdf
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Carmen González
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