El Gobierno ultima la reforma de la ley del aborto, Un otoño clave para el derecho a la vida

por | Oct 5, 2012 | Noticias | 1 Comentario

Es un momento crucial para la defensa del derecho a la vida en España: la nueva ley del aborto que prepara  el Gobierno puede repetir las barbaridades que hicieron posible el caso Morín, o puede reducir drásticamente  el aborto, como ocurrió en Polonia. La clave está

en los detalles. El movimiento provida trabaja para  que el Gobierno no defraude.

Ya ha llegado el otoño, el momento en el que el Gobierno anunció que presentaría los pormenores de su reforma de la ley del aborto. Pero, de momento, se sabe sólo lo anunciado por el Ministro de Justicia, don Alberto Ruiz Gallardón: que se volverá a una ley de supuestos, como la de 1985, que contemplará la violación y el riesgo físico o psíquico para la madre.

El Presidente del Foro Español de la Familia, don Benigno Blanco, se muestra cauto, pero no pesimista. Subraya que «todos los pronunciamientos públicos» del Ministro «han sido claros» en tres aspectos: el aborto volverá al Código Penal como un delito despenalizado en algunos casos, y se recuperará la protección parcial establecida por el Tribunal Constitucional en su Sentencia de 1985; se eliminará el supuesto del aborto eugenésico (por discapacidad del niño), y en la misma ley se contemplarán medidas de protección y ayuda a la maternidad.

Apuntando al 100%

Todos estos cambios están lejos del objetivo final, que es la protección total del no nacido, pero son positivos. La principal cuestión pendiente, ahora, es ver, «dentro de estas líneas, qué grado de protección se va a dar» al no nacido. Está claro que no va a ser el 100%, «pero puede ser el 80% o el 30%». Saber, sin tener más datos, que la ley será similar a la de supuestos de 1985 no es suficiente. Fue esta ley y su aplicación la que convirtió el supuesto riesgo para la salud psíquica de la madre en un coladero, bajo el que se ejecutaban, en negocios privados, aproximadamente el 97% de los abortos. Así se alcanzaron los 100.000 abortos anuales –declarados–, y se cometieron los abusos por los que se está juzgando al abortista Morín, pero que todo hace pensar que eran y son práctica habitual en muchos otros negocios abortistas: informes firmados en blanco, sin haber entrevistado a la mujer; ecografías manipuladas, abortos hasta poco antes del parto –con trituradoras para deshacerse de las víctimas– … además de claros atentados contra la salud de la mujer, como que el aborto lo practique personal no cualificado o enfermo de sida, como Morín.

En clave de conflicto

¿Qué hizo que esto fuera posible? En 1982, el PSOE aprobó una ley incluso más permisiva que la de 1985. Alianza Popular, a través del padre de Gallardón, presentó ante el Tribunal Constitucional un recurso previo de inconstitucionalidad y el TC, con su Sentencia de 1985, impuso algunos límites pero aceptó la premisa mayor: el nasciturus no es titular del derecho a la vida, si bien su vida es «un bien jurídico constitucionalmente protegido por el artículo 15» de la Constitución. En algunos casos puntuales de supuesto conflicto entre este bien y los derechos de la madre –continuaba la Sentencia–, el aborto no sería castigado. Sin embargo, esto no exime al Estado de «establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga una protección efectiva de la misma», y que incluya, «como última garantía, las normas penales».

La puerta del coladero

Basándose en esta Sentencia, el Gobierno aprobó la ley de 1985, que no sólo despenalizaba el aborto, sino que, en su aplicación, «articuló mal» la protección al no nacido, recuerda don Benigno. Mientras en el primer año en que estuvo en vigor la ley sólo hubo nueve abortos, después de aprobarse el Real Decreto de desarrollo, en 1986, los abortos subieron en 1987 a 17.000, y comenzó una escalada  que ha continuado desde entonces.

El motivo es que el Real Decreto «habilitó las clínicas privadas y dejó que el aborto se convirtiera en un negocio sin control externo». Para ser válido legalmente –que no moralmente–, el aborto depende de un juicio técnico: los informes que justifican que entra en un determinado supuesto. Durante el primer año de la ley, estos informes los elaboraban unas «comisiones previas, compuestas por médicos expertos de la Sanidad Pública», explica el señor Blanco. El Real Decreto de 1986 las eliminó, y dejó que los dictámenes los escribieran médicos o psicólogos los centros abortistas tenían en nómina. Automáticamente, cualquier garantía desapareció de facto y se abrió la puerta a todo tipo de abusos.

Sin embargo, don Benigno recuerda que, aunque lastrada en lo fundamental, la Sentencia del Tribunal Constitucional da algunas claves que harían posible una ley menos mala que la de 1985. En primer lugar, el TC respalda que el aborto vuelva al Código Penal y dejar de ser considerado un derecho, aunque eso no sería suficiente. La Sentencia afirma, además, que la «colisión entre la vida del nasciturus y la vida o la salud de la embarazada» debe ser tal «que no puede solucionarse de ninguna otra forma», y exige que «se establezcan las garantías necesarias» para que la vida del feto no quede desprotegida fuera de esos conflictos irresolubles. Es decir, según el TC «no vale cualquier problema» para poder abortar, subraya don Benigno, y la ley debe asegurarse de que así sea.

La nueva ley se debe cumplir

Para que todo esto se cumpla y no se repita la triste historia de las últimas décadas, según don Benigno, lo fundamental es «cómo se articule» la protección del nasciturus, más que los supuestos que entren en la ley. Para ello, «hace falta –afirma–un control administrativo riguroso, previo al aborto». Una posibilidad sería volver a las comisiones previas, o que «dos especialistas independientes, de la Seguridad Social justifiquen, en un informe motivado», que la mujer que desea abortar entra en un supuesto determinado. Para introducir este requisito, no se puede esperar al posterior desarrollo; «debe estar incluido en la ley», para que tenga la fuerza suficiente y no quede en manos de las comunidades autónomas.

Introduciendo límites de este tipo, la futura ley podría parecerse a la que, en Polonia, consiguió que en un año se pasara de 89.000 abortos a 151. Siguiendo el ejemplo de este país, España podría convertirse en «el primer país de Europa occidental donde se acredita que una ley permisiva con el aborto es reversible». Esto sería, añade don Benigno, un hito histórico.

Sin embargo, aún falta mucho para comprobar con hechos si ése es el camino emprendido por el Gobierno. Cuando, dentro de unas semanas, esté sobre la mesa el Anteproyecto de la reforma, comenzará un período de consultas y el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado elaborarán los dictámenes previstos en la ley. Sólo después de esto, el Consejo de Ministros aprobará el Proyecto de ley, que se someterá a trámite parlamentario hasta ser aprobada y entrar en vigor. A lo largo de todo este proceso, y manteniendo el objetivo de la desaparición total del aborto, cualquier mejora podrá considerarse un paso en la buena dirección, pero también –advierte don Benigno– «criticaremos lo que no se haga con suficiente rigor y fuerza».

Supuesto a supuesto

«En un país como España, los casos de grave conflicto» entre la vida del no nacido y la de su madre a los que se refiere la Sentencia del Tribunal Constitucional de 1985, y que, siempre según dicho texto, justificarían el aborto, deberían ser escasísimos, afirma don Benigno Blanco. La opinión de los expertos corrobora que, efectivamente, con una ley que cumpliera estrictamente la doctrina constitucional, los abortos en España podrían reducirse a unos pocos cientos. Aun así, el daño para esos niños y sus madres seguiría siendo irreparable.

Riesgo para la vida o la salud física de la madre: El doctor José Ignacio Sánchez Méndez, ginecólogo del Hospital Universitario La Paz, de Madrid, afirma que «con los avances de la medicina, en un hospital de nuestro entorno ese supuesto prácticamente no existe. Puede haber conflictos por cardiopatías y enfermedades renales o autoinmunes graves, pero la medicina puede darles solución. Otra situación que se presenta son los cánceres», pero también aquí hay alternativas: «Durante el embarazo, se puede operar y dar quimioterapia, aunque no radioterapia. En La Paz tenemos mucha experiencia, poco a poco se ha empezado a poner quimioterapia en los casos muy graves, y se ha visto que, de momento, no afecta al feto. También se puede adelantar un poco el parto», cuando el niño ya es viable, para empezar con otros tratamientos. «Sí encontramos, en el día a día –añade–, situaciones» en las que el médico recomienda un aborto por miedo a futuras demandas, o «en las que la madre no quiere ese hijo y se acoge a que tiene una enfermedad para abortar», aunque el conflicto no sea grave ni irresoluble. Comparten la opinión del doctor Sánchez Méndez los participantes en el Simposio Internacional sobre Excelencia en Atención Médica Maternal, celebrado en Dublín, en el que se prestó especial atención a los embarazos de alto riesgo. La conclusión fue que «el aborto directo no es médicamente necesario para salvar la vida de la mujer», y que la prohibición del aborto no es óbice para que las embarazadas reciban un cuidado óptimo. Hay que recordar que Irlanda, donde el aborto está muy restringido, es uno de los países con la tasa más baja de mortalidad asociada al embarazo y el parto.

Riesgo para la salud psíquica de la madre: Aferrándose a la definición de salud de la OMS como «un estado de completo bienestar físico, mental y social», los partidarios del aborto justifican el aborto con cualquier pretexto. La doctora Carmen Gómez Lavín, psiquiatra, considera, sin embargo, que para que el conflicto se considere grave «tendría que haber una patología diagnosticada, con un fundamento científico», porque «¿quién no tiene una falta de bienestar» durante el embarazo? «Hay cuestionarios y tests que valoran el grado de ansiedad que sufre una persona, pero habría que adaptarlos al caso del aborto». En cualquier caso –añade–, incluso en casos reales de antecedentes psiquiátricos –neurosis, psicosis, trastorno bipolar–, «como el aborto es un trauma, puede desencadenar un cuadro psíquico aun en personas que estaban estabilizadas. Quizá lo que les supone un problema, más que el embarazo, es atender al niño», pero siempre hay alternativas preferibles a acabar con él.

Violación: Aunque representa un porcentaje mínimo de los abortos –0,01 o 0,02% de los abortos en los últimos años–, la violación es un drama explotado con frecuencia para justificar el aborto. Sin embargo, los escasos estudios al respecto –uno en 1979 y otro en 2004, elaborado para el Elliot Institute, entidad que investiga las consecuencias del aborto– reflejan una realidad bien distinta: de las mujeres embarazadas fruto de una violación, cerca del 75% rechazaron el aborto. Además, entre las que abortan, muchas lo hicieron presionadas por médicos o familiares, no por propia voluntad, y el 80% reconocía que había sido una decisión equivocada, pues el aborto sólo había añadido un trauma a otro.

 

Redacción Foro / María Martínez López,

Alfa y Omega 

 

Foro Familia