Madrid, 4 de julio de 2008.- El Foro Español de la Familia recuerda a Gregorio Peces-Barba que la objeción de conciencia no es, como él dice, «desobediencia» o «prevaricación», sino que está fundamentada en el Derecho Constitucional, y que como catedrático de Filosofía del Derecho, debería saberlo.
Además, el Foro Español de la Familia considera contradictorias las declaraciones de Peces-Barba sobre la supuesta desobediencia de los objetores; pues él mismo se propuso desobedecer la Ley de Universidades que iba a obligar a los rectores y a quienes formaban los claustros de gobierno de las universidades a cesar en sus funciones. Peces-Barba escribió en una Tercera de ABC el 20 de octubre de 2001 que la medida «…ofende en lo más profundo mi conciencia y el espíritu de la Constitución, frente a lo que he dicho y mantengo que la desobediencia a disolver los claustros es una prueba de civismo y una contribución al mejor funcionamiento de la democracia (…)». Al contrario que Peces- Barba, quién propuso la desobediencia civil con la Ley de Universidades en 2001, el Foro de la Familia anima a todos los padres a ejercer el derecho de la objeción de conciencia amparándose en la Constitución Española
Por estos motivos, el Foro Español de la Familia recuerda al catedrático una vez más que:
a) El derecho a la objeción de conciencia es -según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional- parte del derecho a la libertad ideológica y religiosa garantizada en el artículo 16.1 de la Constitución Española, y puede, en consecuencia, ser ejercido por todos los ciudadanos sin necesidad -como ha matizado también el Tribunal Constitucional (STC. 53/85 del 11 de Abril)- de que una ley concreta lo regule para una materia específica, especialmente en materia de Derechos Fundamentales. Oponerse a un derecho constitucional y negar la posibilidad de su ejercicio por parte de los ciudadanos, amenazándoles con sanciones si ejercitan ese derecho, -como esta haciendo el Gobierno- es antidemocrático y una violación de la promesa o juramento de respetar la Constitución.
b) Precisamente por ser la objeción de conciencia un derecho constitucional, las organizaciones como el Foro de la Familia defienden este derecho de forma responsable y amparados por la Constitución, en contra de lo que dice Peces-Barba. El artículo 27.3 de Constitución Española ampara el derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales.
c) En contra de lo que ha dicho Peces-Barba, el Consejo de Estado en su dictamen número 2521/2006, de 21 de noviembre, sobre el anteproyecto de decreto de contenidos de la nueva asignatura afirmó literalmente: «a la hora de establecer estos contenidos básicos (de la asignatura educación para la ciudadanía), el Real Decreto sometido a consulta debe tener en cuenta que no puede formar parte de los aspectos básicos del sistema educativo, sustraídos a la libertad de enseñanza garantizada en el artículo 27 de la Constitución, la difusión de valores que no estén consagrados en la propia Constitución o sean presupuesto o corolario indispensables del orden constitucional». Como se puede apreciar, el Consejo de Estado sí advirtió al Gobierno que esta asignatura no podía entrometerse en materias ajenas a lo previsto en la Constitución Española. ¿Dónde dice la Constitución Española que corresponde al Estado formar la conciencia moral de los alumnos o darles los criterios éticos para su conducta personal o social o conformar su afectividad y valorarlos académicamente según las actitudes con que respondan a esas enseñanzas como pretende hacer Educación para la Ciudadanía?
d) El Foro de la Familia recuerda, corrigiendo lo que se viene diciendo por parte de representantes del Gobierno, que los padres están objetando a los contenidos de una asignatura establecidos por una Administración y no por un Parlamento. Dichos contenidos han sido regulados por Decreto Ley sin consultar a ningún interlocutor familiar y sin tener en cuenta el derecho que asiste a los padres a proporcionar a sus hijos la educación que estimen más conveniente sin participación alguna de ningún Gobierno.
e) El catedrático Gregorio Peces-Barba, la ministra de Educación, así como otros portavoces oficiales y oficiosos del Ministerio, se están embarcando en una campaña de amenazas y de intentos de restringir la libertad de los ciudadanos, que resultan inadmisibles en un Estado de Derecho, lo que demuestra que el concepto que tienen de ‘ciudadanía’ es terriblemente pobre y ajeno a la Constitución Española.
Estas observaciones apuntan a que si alguien ha animado a la desobediencia civil ha sido Peces-Barba, y demuestran que el Foro Español de la Familia se limita a informar a los padres acerca de su derecho constitucional a la objeción de conciencia frente al adoctrinamiento gubernamental y herramienta de control ideológico que supone la Educación para la Ciudadanía.
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