El Foro de la Familia se congratula de la sentencia del TSJ de CyL sobre objeción de conciencia y recuerda que la defensa de la libertad frente a EpC sigue siendo cuestión abierta a pesar del TS

por | Sep 24, 2009 | Notas de prensa

Madrid, 24 de septiembre de 2009.- El Foro de la Familia se congratula de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) con fecha 23 de septiembre por la que reconoce el derecho a la objeción de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía, separándose así de forma razonada y convincente de los criterios establecidos por el Tribunal Supremo en sus sentencias en la materia.

Asimismo, el Foro de la Familia felicita a los padres objetores que han conseguido esta sentencia y al abogado  que ha defendido con tanto acierto  los intereses de los padres de familia recurrentes.

Como es sabido, después de dictadas las sentencias del TS que denegaban la objeción de conciencia, la defensa de este derecho se ha mantenido mediante recursos que se siguen tramitando ante todos los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) que hasta esa fecha no se habían pronunciado para provocar su pronunciamiento como ha sucedido ahora en el caso de Castilla y León. Asimismo, se han mantenido vivos diversos recursos ante los TSJ que ya se habían pronunciado a fin de facilitar el acceso al Tribunal Constitucional (TC) y en su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de los correspondientes recursos. A la vez, se ha iniciado la nueva vía indicada por el propio TS de impugnar los libros de texto que entendemos violan el derecho a la libre educación moral e ideológica estando tramitándose en este momento un contencioso administrativo por esta vía ante el TSJ de Andalucía.

Para el presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, “la sentencia dictada ayer por el TSJCyL demuestra, una vez más, que la lucha de los padres objetores por defender su derecho a educar en libertad a sus hijos no ha concluido con las sentencias del TS, como siempre hemos dicho desde el Foro de la Familia y el resto de las entidades implicadas en esta causa. A la espera del pronunciamiento del TC, esta sentencia del TSJCyL- como las anteriores en el mismo sentido de un juzgado de lo contenciosos administrativo de Zaragoza- dan fe de que los criterios del TS para denegar la objeción de conciencia son, como mínimo, profundamente discutibles y probablemente inconstitucionales”.

Asímismo Benigno Blanco ha dicho : “La doctrina sentada por el TSJ de CyL es una garantía para las familias de esa Comunidad y es el criterio vigente para la Administración autonómica castellano-leonesa que deberá respetar y aplicar la doctrina del máximo Tribunal de esa Comunidad mientras esa sentencia no sea anulada por otro Tribunal superior. Sería incomprensible e injustificable que la CA no reconociese y amparase un derecho que  el TSJ de CyL sí reconoce y ampara.”

Tras esta sentencia, la situación de la objeción de conciencia frente a EpC pasa de nuevo a ser diversa según las comunidades autónomas como sucedía antes de las sentencias del TS cuando contábamos con sentencias contradictorias de los distintos TSJ, de forma que había Comunidades Autónomas -como La Rioja o Andalucía- donde los Tribunales amparaban el ejercicio de la objeción de conciencia y otras -como Navarra, Asturias o Baleares- donde los tribunales no amparaban este derecho.

A día de hoy, en el territorio de Castilla y León los padres objetores saben que el TSJ de su Comunidad ampara su objeción de conciencia, al menos hasta que el TS se pronuncie sobre la sentencia de ayer que es de suponer será recurrida por la Fiscalía y la Abogacía del Estado ante el TS. En el resto de las Comunidades Autónomas de España de momento –y a la espera de que algún otro TSJ pueda pronunciarse en el mismo sentido que el de Castilla y León- los Tribunales (con la excepción del citado Juzgado de Zaragoza)  no están amparando la objeción de conciencia pues aplican los criterios del TS. Al final, quién unificará definitivamente la doctrina para todos los españoles será el TC ante el que ya están interpuestos varios recursos de amparo y, en su caso, el TEDH.

El presidente del Foro de la Familia ratificó una vez más los criterios adoptados tras las sentencias del TS: “seguiremos defendiendo por todas las vías procesales oportunas el derecho de los padres a educar en libertad a sus hijos frente a una asignatura de nítidos perfiles adoctrinadores como es EpC, aconsejando en cada momento y en cada territorio los medios que parezcan más prudentes a la luz de lo que losTtribunales en cada caso nos permiten y amparan. Además, defenderemos hasta el final ante el TC y el TEDH  el derecho irrenunciable de los padres a oponerse a que sus hijos sean formados en la escuela con criterios morales e ideológicos contrarios a los de la familia”.

 

 

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