PIEDRA
Las leyes sobre el aborto existentes en muchos países occidentales, y entre ellas la ley española del año 2010, establecen discriminaciones para estos seres humanos que no solo atentan contra su derecho a la vida sino también contra la dignidad de todas las personas con discapacidad, quienes, a pesar de todos los derechos que les confieren las leyes, no pueden admitir ser considerados como supervivientes indultados de una política general de consecuencias eugenésicas. Así ha ocurrido en España con las leyes del aborto de 1985 y 2010, hasta el punto de que no llegan a nacer el 90 por ciento de los niños con síndrome de Down. Algo difícil de defender, incluso por los mayores partidarios del aborto, cuando muchas personas con este síndrome están estudiando, trabajando e incluso (como en Valladolid) representando a los ciudadanos como concejales. Y también se están produciendo abortos de niños con espina bífida, cardiopatías congénitas sin riesgo vital y otras discapacidades físicas y funcionales.
Las organizaciones que representan en España y en el mundo a las personas con discapacidad lo tienen muy claro. Sin pronunciarse específicamente sobre el aborto en general, rechazan tajantemente la posibilidad de regulaciones que introduzcan supuestos y plazos específicos para las personas con discapacidad. La existencia de este supuesto específico de aborto es contraria a la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad del año 2006. En su informe de diciembre de 2010 sobre el cumplimiento en España de la citada Convención de la ONU, el Cermi (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) manifestó: «La reciente legislación española sobre interrupción del embarazo sigue manteniendo el aborto eugenésico, lo cual va en contra de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada y ratificada por España. El mantenimiento de este supuesto de aborto, que se practica por razón de discapacidad en el feto, supone un trato desigual desfavorable por causa de discapacidad». En su informe de Mayo de 2012, el Cermi solicitó la modificación del artículo 15 de la ley del aborto de 2010.
En la misma línea, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas recomendó a España en 2011 «que el Estado derogue la distinción, que se basa únicamente en la discapacidad, que contempla la Ley 2/2010 en relación con el periodo durante el cual se puede interrumpir legalmente el embarazo». Criterio coincidente con el de entidades internacionales de la discapacidad como European Disability Forum (EDF), que en su Asamblea General de 2003 manifestó que «debería prohibirse que se incluya cualquier forma de discriminación contra las personas con discapacidad en la legislación sobre el aborto» y, Disabled People’s International (DPI) Europe, que declaró en el año 2000: «Nos sentimos amenazados por las leyes sobre el aborto que discriminan el nacimiento de niños con diversidad funcional… No deberá existir ningún tipo de discriminación en relación con la discapacidad como fundamento legal excepcional para abortar».
El supuesto eugenésico del aborto –que algunos defienden sin considerar demasiado, tal vez, lo fácil que es ir de «progre» a costa de la dignidad de las personas con discapacidad– nos plantea a todos un auténtico reto de humanidad y coherencia: ¿Respetamos los tratados internacionales firmados por España, con rango de ley interna según el artículo 96 de la Constitución, o ignoramos de los mismos lo que, según algunos, no nos conviene electoralmente? ¿Apoyamos con todos los recursos de una sociedad avanzada a las personas discapacitadas que lleguen a nacer, al tiempo que facilitamos su eliminación prenatal con cargo a los fondos públicos, o actuamos con una mínima coherencia? ¿Defendemos el derecho a la vida y la dignidad de los seres humanos más indefensos o –ignorando nuestras obligaciones como legisladores de proteger los derechos fundamentales– nos quedamos tranquilos delegando en la conciencia de cada persona adoptar una decisión irreversible y cuyas consecuencias deberá afrontar el resto de su vida?
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, declaró en su momento: «No hay nada más progresista que defender a la más indefensa de todas las personas: a alguien que todavía no ha nacido». No puedo estar más de acuerdo con él en esta visión progresista y humanista del derecho a la vida de todos, sin excluir a las personas con discapacidad.
Luis Peral,
Senador por la Comunidad de Madrid
ABC 12 Julio 2014