Madrid, 30 de mayo de 2007.- Blanca María Díez Ponce, estudiante madrileña de 16 años, presentó ayer en la secretaría del Colegio Montessori la primera objeción de conciencia de una alumna en la Comunidad de Madrid. La estudiante presentó la objeción frente a la asignatura Educación para la Ciudadanía en compañía de su madre, Margarita María Ponce Zarza, que también objetó.
“Objeto porque quiero y porque puedo. Considero que a mí no me come el coco nadie, ni mucho menos el Estado. Creo que hay cosas que uno debe aprender en casa y no en el colegio, por que si no, ¿para qué sirven los padres? ”, explica Blanca.
El Foro Español de la Familia aconseja a todos los padres de familia españoles, con hijos en edad escolar que presenten la objeción de conciencia frente a esta asignatura, para garantizar que nuestros hijos sean educados en materias de hondo calado moral y personal conforme a los criterios que los padres consideramos más idóneos para su felicidad personal y acierto en la vida, y no conforme a los criterios ideológicos de un gobernante o profesor cualquiera. La objeción de conciencia es un mecanismo para defender a nuestros hijos de la contaminación ideológica por parte de extraños
La asignatura Educación para la Ciudadanía, conforme a contenidos aprobados por el MEC, introduce objetivos, materias y criterios de evaluación que afectan directamente a la formación moral de los alumnos desde los 10 a los 18 años, materia en la que solo corresponde a los padres decidir, tal como reconoce el artículo 27.3 de la Constitución Española. A través de esta nueva asignatura, se pretende educar a los alumnos en la peculiar visón ética de la persona y de la afectividad de los gobernantes, en contra de la conciencia de mayoría padres y madres españoles.
La objeción de conciencia es un derecho constitucional en cuya virtud un ciudadano puede negarse legítimamente a cumplir un mandato o norma jurídica cuando entra en conflicto con las propias convicciones de conciencia. No se trata de una desobediencia a la Ley, sino del ejercicio de un derecho amparado por la propia Constitución y reconocido como tal por abundante jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
La objeción de conciencia contra a la asignatura Educación para la Ciudadanía se realiza mediante un escrito dirigido al director del centro educativo en el momento de inscribir o renovar plaza para el alumno en el centro educativo para el curso 2007-2008. Todos los pasos para formalizar la objeción de conciencia están explicados en la página web www.objetamos.com
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