¿Cuáles son los «consumos de riesgo»?
Una cuestión importante es determinar el tipo de relación que establecen los adolescentes con esta sustancia, es decir, si se trata de un consumo moderado, abusivo o compulsivo.
Es bien cierto que en la mayoría de los casos se realiza un consumo moderado que, como veíamos, se centre fundamentalmente en las noches de los fines de semana. Sin emabrgo, es evidente que existe un sector importante de jóvenes que practican un claro consumo «de riesgo» que aumenta notablemente la probabilidad de sufrir consecuencias nocivas para ellos mismos y para terceros.
También hay que dejar claro lo que establece nuestro marco legal vigente: en España está prohibido el consumo de alcohol por menores de 18 años de edad, así como la venta y suministro de bebidas alcohólicas a menores tanto en bares como en otros establecimientos comerciales.
De igual modo, existen restricciones al consumo de alcohol a mayores de 18 años en relación con la conducción de vehículos. Para establecer estas restricciones, se utiliza la «tasa de alcoholemia» que representa el volumen de alcohol por cada litro de sangre o su equivalente en aire expirado.
Por tanto, la Organización Mundial de la Salud y muchos especialistas plantean que es inadecuado en sí mismo determinar un umbral de riesgo en población adolescente pues en menores de 18 años cualquier consumo de alcohol, por pequeño que sea, resulta siempre desaconsejable.
¿Cómo se calcula el umbral de riesgo?
Pese a que en menores el grado de vulnerabilidad es significativamente mayor que en población adulta, a continuación se presenta una forma de calcular el consumo de alcohol en mayores de 18 años pues consideramos que puede ser de utilidad como referencia.
Para estimar el umbral de riesgo se utiliza una medida muy apreciada por su sencillez de aplicación que se denomina «Unidad de Bebida Estándar» (UBE). La UBE es una forma rápida y práctica de conocer los gramos de alcohol consumidos y tan sólo precisa de una tabla de equivalencias con la cantidad y tipo de bebida consumida.
El valor de 1 UBE en España se establece en 10gr. de alcohol y equivale a una copa de vino o cava (100ml), una cerveza (200ml) y media copa de licor (250ml).
En consecuencia, una copa de licor fuerte y un combinado o «cubata» equivale a 2 UBE.
Suele considerarse consumo de riesgo la ingestión media habitual de:
- 20-24 g/día en la mujer (más de 170g/semana).
- 40 g/día en hombres (más de 280 g/semana).
Por tanto, estimado en UBES, podemos encuadrar como población de riesgo a todos aquellos bebedores de:
- Más de 17 UBES por semana o 4 UBES o más por ocasión de consumo concentrado en mujeres.
- Más de 28 UBES por semana o 6 UBES o más por ocasión de consumo concentrado en hombres.
Artículo cedido por CONCAPA.