¿En virtud de qué?

por | Abr 19, 2018 | Artículos, Noticias | 1 Comentario

Los padres somos los garantes de la educación de nuestros hijos. En España y en todo el mundo. Es algo que nos corresponde por responsabilidad, por vínculo familiar y por obligación paterno-filial. Por sentido común, les educamos porque les queremos, y deseamos que sean personas coherentes, formadas, responsables y con buen criterio. Queremos que a nuestros hijos les vaya bien en la vida, por eso empleamos tiempo y esfuerzo en ofrecerles las herramientas que estén a nuestro alcance para que, en su libertad, sean las mejores personas que puedan ser.

No es un derecho que tenemos los padres porque una norma jurídica lo haya creado, sino que es mediante la ley –en nuestro caso, la Constitución Española en su artículo 27– como se nos reconoce ese derecho que ya tenemos de manera previa, por el hecho de tener hijos. La legislación nos reconoce y garantiza algo que ya tenemos de facto.

Por eso, los colegios que elegimos para nuestros hijos son depositarios de ese derecho nuestro, del cual les hacemos partícipes para que nos ayuden a realizar la tarea que a los padres nos corresponde: educar a nuestros hijos. Nos ayudan a enseñarles Matemáticas, Lengua, idiomas, Artes Plásticas, Historia… y a que sean continuación de lo que en casa les queremos inculcar. A que, en lo referente a lo nuclear del ser humano, a las virtudes y valores, a qué concepción tenemos de ser una buena persona, sea coherente el mensaje que reciben en el colegio con el mensaje que les transmitimos en el hogar.

Como esto es obvio y es bueno, y los colegios son nuestros ayudantes en este tema tan importante, se nos reconoce la libertad para elegir el centro educativo que consideremos más idóneo en cuanto a valores, creencias y educación moral. Y el más idóneo será siempre el que más en línea esté con nuestros valores, creencias y educación moral propia.

Expuesto y explicado el tema, ¿en virtud de qué nuestros hijos van a recibir en un colegio público una educación que suponga puntos de vista determinados sobre cuestiones morales en los que ni siquiera hay consenso en la sociedad española? La respuesta es fácil: en virtud de nada. Por eso mismo, el Tribunal Supremo no autoriza esto, de manera clara y tajante, en sus sentencia de 11 de febrero de 2009.

Ya han empezado a ponerse en práctica las medidas recogidas en las leyes autonómicas LGTBI y, haciéndolas efectivas, serán miembros de las asociaciones LGTBI los encargados de educar a nuestros hijos en materia afectivo-sexual, bajo el pretexto de la tolerancia, la diversidad y la lucha contra la homofobia.

No caigamos en la trampa de los que nos quieren engañar: defendemos la libertad de todos para vivir su sexualidad de acuerdo a sus propios criterios y preferencias; NO condenamos la homosexualidad ni la transexualidad (lo contrario sí sería homofobia). Esto no está reñido con hacer valer nuestros derechos y responsabilidades. La Administración (y menos aún asociaciones concretas de lobbies concretos, de manera exclusiva y excluyente) NO es la encargada de educar a nuestros hijos en sexualidad, sino que somos los padres. Y ese derecho no se lo hemos cedido a los colegios. Si se lo cedemos, que sea por escrito, prestando consentimiento expreso, y con toda la información detallada de lo que quieren inculcarles a nuestros hijos con carácter previo.

No confundan, por favor, defender nuestros derechos y deberes con ir en contra de nada ni de nadie. Dejen a nuestros hijos en paz, respeten nuestros derechos más fundamentales.

Foro Familia