Madrid, 3 de junio de 2009.- Tras las sentencias del Tribunal Supremo denegando la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía, pero advirtiendo a los padres el deber de vigilar por el no adoctrinamiento en las aulas y en los libros de la citada materia, la Familia Flores Cano acogió las indicaciones del Tribunal y las llevo a cabo presentando un recurso contencioso administrativo al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para impugnar el manual de la editorial McGraw Hil de Educación para la ciudadanía por considerarlo adoctrinador y contrario a la neutralidad ideológica que supuestamente debe mantener la polémica asignatura.
Ayer, mediante Providencia notificada a la representación de don Manuel Flores Limón y doña Dolores Cano Delgado ( la familia de Bollullos par del Condado, Huelva ), la Sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, admitió a trámite el recurso contencioso-administrativo de amparo de derechos fundamentales presentado contra la comunicación del señor Viceconsejero de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de fecha 17 de Abril del 2009, por la que desestimaba la petición formulada por dichos padres mediante escrito de fecha 3 de Marzo del 2009 en el que, impugnando los contenidos del libro ( Editorial Mcgraw Hill ) de texto de educación para la ciudadanía que se imparte en el curso de su hijo José Joaquín Flores Cano, por considerarlos adoctrinadores y contrarios a la neutralidad ideológica, solicitaban el amparo de la autoridad educativa para que al niño no se le impartieran dichos contenidos, amparo que fue denegado por la comunicación recurrida, que obligaba al citado alumno a asistir a las clases de dicha asignatura.
El citado procedimiento es el primero que se articula contra los contenidos que se imparten en la asignatura educación para la ciudadanía, después de la Jurisprudencia Sentada por el Tribunal Supremo mediante las recientes Sentencias de 11 de Febrero del 2009 por las que, desestimando la posibilidad de ejercer la objeción de conciencia contra la asignatura, advertía claramente sobre la prohibición de trasmitir en materia educativa contenidos que tuvieran un carácter adoctrinador o que trasladaran al centro escolar debates ideológicos existentes en la sociedad. Por lo que la Familia de Bollullos par del Condado con el asesoramiento jurídico del Foro Español de la Familia, bajo la dirección jurídica del letrado Abel Martínez inició los trámites oportunos para seguir las recomendaciones del Tribunal Supremo.
Abel Martínez, abogado de la familia Flores Cano, ha manifestado que “el recurso que acaban de entablar, se fundamenta en la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo y supone la primera piedra en la ardua tarea que les queda a los padres para conseguir que se respete el ejercicio pleno de su derecho a la libertad ideológica y religiosa y a elegir para sus hijos la educación moral que desean, toda vez que, desde la implantación de la asignatura “ educación para la ciudadanía” son innumerables los ejemplos de adoctrinamiento ideológico que se están produciendo en los centros escolares, ante los cuales, a los padres, de momento y hasta que se pronuncie el Tribunal Constitucional sobre la objeción de Conciencia que no ha admitido el Supremo, solo les queda la posibilidad de acudir a la jurisdicción contenciosa mediante la denuncia individual de cada caso en concreto”.
Para el Presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, la admisión a trámite del recurso “es el primer paso de muchos para los padres preocupados por la libertad de educación y el no adoctrinamiento de sus hijos en las escuelas. Siguiendo las recomendaciones propuestas por el Tribunal Supremo esperemos que esta batalla termine inclinando la balanza a favor de los padres y del no adoctrinamiento en las aulas”.
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