Madrid, 17 de septiembre de 2008.- El Foro de la Familia, al tener conocimiento completo de la circular remitida por Escuelas Católicas de Madrid a sus centros educativos, denuncia la ilegítima pretensión de limitar el plazo en que se puede formular eficazmente la objeción de conciencia por intentar coartar la libertad del libre ejercicio de la misma poniéndole tiempo.
Concretamente, no es aceptable, ni jurídicamente sostenible, el párrafo de la circular remitida por Escuelas Católicas de Madrid a sus centros: “ (…) Así mismo, y aunque la carta no disponga nada al respecto, parece oportuno que, por razones organizativas y dada la naturaleza ideológica o de conciencia de las solicitudes de objeción planteadas, éstas puedan aceptarse únicamente con anterioridad al inicio de las actividades lectivas del curso” (… ).
El Presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco señaló que la instrucción de esta organización “desconoce la naturaleza de derecho constitucional de la objeción de conciencia y lo que ha establecido el Tribunal Constitucional sobre la llamada objeción sobrevenida”.
El Foro Español de la Familia, que ya contabiliza más de 44.500 objeciones de conciencia frente a la asignatura, aconseja a todos los padres de familia españoles con hijos en edad escolar, también a los que tienen a sus hijos en colegios con ideario que suscriban, como es le caso de los colegios de la FERE, que presenten la objeción de conciencia frente a esta asignatura para garantizar que sus hijos sean educados en materias de hondo calado moral y personal conforme a los criterios que los padres consideramos más idóneos para su felicidad personal y acierto en la vida y no conforme a los criterios ideológicos de un gobernante o profesor cualquiera.
La objeción de conciencia ante EpC es un derecho que se ejerce de forma individual y desde el momento en el que un individuo se da cuenta de que su conciencia va en contra de los contenidos de la asignatura. No se le puede poner limite temporal alguno al ejercicio del derecho de objeción de conciencia requiere tiempo ni lugar específico.
La objeción de conciencia contra a la asignatura EpC se realiza mediante un escrito dirigido a la Administración educativa. Todos los pasos para formalizar el escrito están explicados en www.objetamos.com . Además, el Foro de la Familia recuerda la existencia del Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor, una red de abogados y procuradores que les atenderán y defenderán sus derechos de manera desinteresada teléfono 91.413.29.57.
Para ver la circular completa de Escuelas Católicas de Madrid pinchar: http://www.forofamilia.org/documentos/carta_fere.pdf
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Carmen González
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