El TSJ de Andalucía reconoce el carácter adoctrinador de EpC que lo hace incompatible con la Constitución

por | Oct 20, 2010 | Notas de prensa, Noticias

                                   Nota de Prensa

                                                              

 

El TSJ de Andalucía reconoce el carácter adoctrinador de EpC que lo hace incompatible con la Constitución

 

 

Con esta sentencia se reabre la batalla jurídica contra EpC que inicialmente había cerrado el Tribunal Supremo.

 

“es un triunfo de la libertad, los padres de Bollullos del Condado recurrentes con su pleito han conseguido que se reafirme por los tribunales el Derecho de todos los padres españoles a que no se adoctrine en la escuela a sus hijos contra las convicciones morales de la familia”.

 

“Esta sentencia es el fruto de trabajo de muchos años,  y de la ilusión de unas personas humildes que han llevado al extremo el deseo de luchar por educar a sus hijos según sus convicciones”.

 

“No estando obligado el menor hijo de los recurrentes a asistir a las clases de esta asignatura ni a ser evaluado mientras se imparta con el libro de texto antes citado”

Huelva 20 de octubre de 2010.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de dictar sentencia por la cual reconoce el carácter adoctrinador del libro de Educación para la Ciudadanía (EpC) de la Editorial  McGraw Hill y en consecuencia reconoce el Derecho de no cursar esa asignatura con ese libro al hijo de los padres recurrentes. Da así la razón la justicia al Foro de la Familia reconociendo que EpC es una asignatura que posibilita un adoctrinamiento ideológico incompatible con la Constitución y que en consecuencia hay un derecho a no cursar esa asignatura para evitar tal adoctrinamiento.

Con esta sentencia se reabre la batalla jurídica contra EpC que inicialmente había cerrado el Tribunal Supremo al negar el derecho de objeción de conciencia en sus sentencias de febrero de 2009. Para el Presidente del Foro de la Familia, Benigno Blanco, “es un triunfo de la libertad, los padres de Bollullos del Condado recurrentes con su pleito han conseguido que se reafirme por los tribunales el Derecho de todos los padres españoles a que no se adoctrine en la escuela a sus hijos contra las convicciones morales de la familia”.

 

“Esta sentencia –continúa-  tiene también una inmensa trascendencia para el nuevo frente que abre la ley del aborto pretendiendo el adoctrinamiento ideológico conforme a la concepción de la sexualidad propia de la ideología de género en la escuela. Aplicando la doctrina ahora establecida por el TSJ de A los padres podrán negarse a que haya adoctrinamiento en materia de sexualidad en la escuela”.

 

Para el abogado de la familia de Bollullos Par del Condado y portavoz del Foro de la Familia, Abel Martínez, “ha sido una alegría enorme, esta sentencia es el fruto de trabajo de muchos años,  y de la ilusión de unas personas humildes que han llevado al extremo el deseo de luchar por educar a sus hijos según sus convicciones”.

 

Fallo:

“Que debemos estimar y estimamos parcialmente el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª Blanca Oses Jiménez Aragón en representación de D. Manuel Flores Limón y Dª Dolores Cano Delgado contra las

 

 

 

resoluciones del 17 de abril de 2009 y de 8 de junio de 2008 del Viceconsejero de Educación de la Junta de Andalucía expresadas en el antecedente de hecho primero, que anulamos, declarando el carácter adoctrinador del libro “Educación para la Ciudadanía” editado por la editorial McGraw Hill, adoptado como libro de texto para dicha asignatura en el curso tercero de ESO por el centro IES “Delgado Hernández” de la localidad de Bollullos Par del Condado, por vulnerar los artículos 16.1 y 27.3 de la Constitución y por ello no estando obligado el menor hijo de los recurrentes a asistir a las clases de esta asignatura ni a ser evaluado mientras se imparta con el libro de texto antes citado; y todo ello, sin hacer pronunciamiento relativo a las costas”.

 

 

 

 

 

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