El director del Foro de la Familia, Javier Rodríguez, presentó el informe que esta organización ha elaborado sobre el Proyecto de Ley del Principado de Asturias de garantía del derecho a la libre expresión de identidad sexual y/o de género que el Parlamento de esta comunidad está tramitando.
Para el director, «lo primero que hay que destacar es que se trata de una norma innecesaria per se, puesto que la discriminación y el odio por motivo de orientación sexual ya están tipificados como delitos en el ordenamiento jurídico español. Por lo tanto, nos encontramos ante una ley que establece categorías de ciudadanos según su «identidad sexual o de género», con privilegios y se establecen obligaciones -algunas de las cuales vulneran la Constitución Española y varios tratados internacionales- para el resto hacia este colectivo, transgrediendo el artículo 14 de nuestra Carta Magna que recoge la igualdad de los españoles ante la Ley»
«Este Proyecto de Ley impone como verdad única la Ideología de Género, limitando los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, como son el de pensamiento, conciencia, expresión o educación, entre otros», denuncia Rodríguez. «El texto utiliza los postulados de una visión antropológica particular y muy discutida, como argumento para justificar este recorte de derechos y libertades a los asturianos». En este sentido, «debemos destacar que la Justicia está fallando en contra de las leyes de este tipo en defensa de la igualdad y los derechos de todos los españoles. Por ejemplo, como caso reciente y clave, con la sentencia 289/2018 del Tribunal Contencioso-Administrativo N10 de Madrid, que recuerda que la Libertad de Expresión es un derecho inmune a restricciones por parte del poder público«.
Recorte de derechos y libertades
«Debemos denunciar, asimismo, que encontramos una intromisión de los poderes públicos en la esfera de lo privado, obviando a los padres -sólo se les menciona en el artículo 13.3 como ‘progenitores’ y para advertirles de las consecuencias a las que se arriesgan si se niegan a tratar hormonalmente a los menores. Este precepto, además, es contrario frontalmente al art. 18 de Naciones Unidas de 1989 sobre los derechos del niño (a tenor del art. 39.4 de la Constitución española ‘los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos’), el cual reitera que incumbirá a los padres la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño».
«Por supuesto, como no podía ser de otra forma en una ley ideológica, la educación ocupa un lugar clave en el texto. Los artículos del 21 al 25 obligan a la enseñanza obligatoria de los postulados de la Ideología de Género a los menores independientemente de que los padre estén de acuerdo o no, transgrediendo el artículo 27.3 de la CE que reconoce el derecho de los padres a educar libremente a sus hijos en cuestiones morales».
Por todo ello, y más que se recoge en el informe adjunto, «desde el Foro de la Familia hacemos un llamamiento a la responsabilidad de los políticos para que retiren una ley que contiene artículos claramente anticonstitucionales y lesivos para los derechos y libertades fundamentales de los asturianos».
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